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"Utilizar la imagen de la mujer como reclamo publicitario. ¿Dónde está el límite?"

Noticias Jurídicas

El Juzgado de lo Mercantil nº 4 de Barcelona, en sentencia de 5 de enero de 2017 (Procedimiento 366/2016), entiende que un anuncio sobre productos para el pelo que presenta la imagen de una mujer desnuda constituye un supuesto de publicidad ilícita.