"Utilizar la imagen de la mujer como reclamo publicitario. ¿Dónde está el límite?"
Noticias Jurídicas
El Juzgado de lo Mercantil nº 4 de Barcelona, en sentencia de 5 de enero de 2017 (Procedimiento 366/2016), entiende que un anuncio sobre productos para el pelo que presenta la imagen de una mujer desnuda constituye un supuesto de publicidad ilícita.