Máster en Alimentación, Ética y Derecho

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"La inconstitucional casilla de la Iglesia católica en la declaración de la renta"

Público

La Constitución española privilegia a las confesiones religiosas en varias facetas: a) estableciendo con ellas relaciones de cooperación, y b) en estas relaciones de cooperación sobresale la Iglesia católica por encima de otras confesiones, como ya inicialmente se desprende del artículo 16. 3 CE, que expresa “los poderes públicos mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia católica y las demás confesiones”. Antepone la Iglesia católica al resto de las confesiones; tratamiento específico y diferenciado que se acrecienta en los tratados del Estado con esta confesión.