Ambas resoluciones apuntalan una doctrina que el Alto Tribunal ya viene desarrollando al calificar de agresión sexual la obtención de vídeos sexuales de una menor bajo intimidación y al considerar que cualquier acceso aunque sea "leve" a la zona interna vaginal se considera violación.
El Supremo sentencia que las agresiones sexuales pueden cometerse online y sin contacto físico entre agresor y víctima.