Artículo escrito por María Casado y publicado en Diario Médico el día 8 de noviembre de 2006. La Dra. María Casado es directora del Observatorio de Bioética y Derecho (OBD) y del Máster en Bioética y Derecho, así como titular de la Cátedra UNESCO de Bioética de la Universidad de Barcelona.
El respeto a la autonomía del paciente y la objeción de conciencia del personal sanitario son los dos conceptos sobre los que gravitaría una futura regulación de la eutanasia en España, según María Casado, catedrática de Filosofía del Derecho en la Universidad de Barcelona, quien se ha inostrado partidaria de una normativa muy pormenorizada y respetuosa con los derechos de las minorías.
La profesora propone que se busquen lugares comunes para engarzar las perspectivas del humanismo laico y del cristiano, ya que en ambos supuestos se apela a los derechos humanos y a la dignidad de la persona, pero con enfoques muy distintos. Así, mantiene como argumento principal la capacidad de decidir del paciente, sn autonomía moral y jurídica, basada en los derechos reconocidos por la Ley General de Sanidad y en la Ley de Autonomía del Paciente, que se desplegarían en el consentimiento informado y las voluntades anticipadas.
Casado, que ha participado en un ciclo de conferencias que se celebra en Murcia sobre Muerte digna, ha insistido en que una futura ley tendria que garantizar una libérrima objeción de conciencia del personal sanitario y ha descartado que los centros esgriman idearios propios en uno u otro sentido. "La conciencia es del individuo, no del hospital, y el médico puede tener una opinión muy distinta a la del paciente".
Conciliar posturas
Se trataría de conciliar ambas, según la catedrática, que ha subrayado la dificil situación del profesional al no existir una regulación específica,"ya que si no respeta la decisión del enfermo puede ser tachado de inhumano, pero si lo hace conculca la ley". Casado recuerda que el paciente es libre para rechazar los tratamientos médicos, pero que la intervención directa del personal sanitario para acortar la vida es un delito tipificado en el Código Penal. "Estamos ante un probletna nuevo provocado por el avance científico y tecnológíco, que afortunadamente existe para que los médicos puedan instaurarlo y salvar muchas vidas; pero habría que regular las situaciones extremas, con toda clase de requisitos y cautelas".
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