La Audiencia de Tenerife que dio la razón a una mujer que reclamó la nulidad del artículo de los Estatutos de dicha asociación que solo acepta a hombres como socios.
El Supremo examina el conflicto que se produce en este caso entre la autonomía autoorganizativa implícita al derecho de asociación y de libertad religiosa de la asociación demandada, y el derecho a asociarse de la demandante en relación con el principio de no discriminación por razón de sexo.