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El Observatorio de Bioética y Derecho presenta el «Documento sobre trasplante de órganos de donante vivo»

13.12.2011

Hoy, 13 de diciembre, ha tenido lugar en el Parc Científic Barcelona (PCB) la presentación del «Documento sobre trasplante de órganos de donante vivo», elaborado por el Grupo de Opinión del Observatorio de Bioética y Derecho (OBD) de la Universitat de Barcelona (UB). Sus autores aportan argumentos y recomendaciones para minimizar los riesgos físicos, psíquicos, sociales y económicos de los donantes, a la vez que ponen sobre la mesa de debate si se tiene que potenciar este tipo de donación y, si es así, en qué condiciones se tiene que hacer, con objeto de promover un diálogo transparente y eficaz dentro de la sociedad que oriente a la toma de decisiones en este ámbito.

En el acto han intervenido: Albert Royes, profesor y coordinador del Máster en Bioética y Derecho de la UB, secretario de la Comisión de Bioética de la UB y miembro del Comité de Ética Asistencial del Hospital Clínic de Barcelona; y los coordinadores del Documento: Lídia Buisan, profesora de Ética Médica de la UB y jefe del Área de Anestesiología, Reanimación y Tratamiento del Dolor del Hospital General de l’Hospitalet; Mònica Navarro, vicedecana de la Facultad de Derecho de la UB y profesora titular de Derecho Civil; y Ricardo García Manrique, profesor titular de Filosofía del Derecho de la UB.

Un gran número de las cuestiones morales suscitadas por la donación de órganos entre vivos tienen mucho en común con las que generan los trasplantes de órganos de cadáveres (como por ejemplo, el tráfico de órganos). Sin embargo, el trasplante entre vivos plantea problemas específicos ya que se han de tomar en consideración implicaciones físicas, psíquicas, laborales y patrimoniales que, obviamente, no hay que tener en cuenta cuando el donante es cadáver.

Además de los riesgos inherentes a la intervención quirúrgica y de las posibles repercusiones de orden somático o psicológico que se puedan derivar en cada caso, el donante no tiene derecho, por ejemplo, a la baja laboral ni a la prestación correspondiente, puesto que la Ley General de la Seguridad Social no contempla la donación de órganos como causa de incapacidad temporal; por otro lado, el donante puede encontrarse con un aumento de las primas a la hora de contratar seguros sanitarios y de vida, obtener préstamos bancarios, etc.

Aun así, y a pesar de que se trata de una actividad que se desarrolla desde hace más de 50 años, los estudios sobre las consecuencias físicas, psicológicas y sociales de la donación entre vivos son escasos, no son prospectivos y, a menudo, su fiabilidad se encuentra comprometida, puesto que han sido llevados a cabo por profesionales no involucrados en el proceso de trasplante.

Con la elaboración del «Documento sobre trasplante de órganos de donante vivo», el OBD quiere contribuir a paliar esta falta de información. El Documento ha sido coordinado por uno equipo multidisciplinar, dirigido por María Casado –directora del OBD, titular de la Cátedra Unesco de Bioética de la UB y miembro del Comité de Bioética de España y del Comité de Bioética de Cataluña– e integrado por Lídia Buisan, doctora en Medicina; Ricardo García Manrique, doctor en Filosofía; Mònica Navarro, doctora en Derecho, y especialista en Derecho Sanitario y Responsabilidad Civil; y Mariela Mautone, doctora en Medicina, y ha contado, así mismo, con las aportaciones de destacados especialistas de varias áreas de conocimiento.

Por una parte, el Documento identifica los posibles riesgos de los donantes vivos y, por otra, propone una serie de recomendaciones específicas para minimizarlos, como por ejemplo: revisar los protocolos de consentimiento para garantizar que la decisión de donar esté bien informada i sea plenamente autónoma; que el trasplante de donante vivo se considere una práctica subsidiaria al de órganos de cadáver; que la figura del “buen samaritano” (el donante que no conoce al receptor) no se promueva públicamente; que la extracción de un órgano para donación se contemple como causa específica de incapacidad temporal en la legislación laboral; que la asistencia sanitaria del donante se garantice para toda la vida, y que el cambio en las circunstancias de salud que se pueda sufrir por la condición de donante no comporte penalizaciones en la contratación de seguros o préstamos de cualquier tipo.

Los autores también dejan patente la necesidad de promover estudios que establezcan de manera exhaustiva todos los efectos de la donación entre vivos; la creación de un registro oficial de donantes y de un seguimiento adecuado de los mismos, en la línea de iniciativas europeas como el proyecto ELIPSY.


Video del acto


Fotografías del acto

El Observatorio de Bioética y Derecho presenta el «Documento sobre trasplante de órganos de donante vivo»
El Observatorio de Bioética y Derecho presenta el «Documento sobre trasplante de órganos de donante vivo»
El Observatorio de Bioética y Derecho presenta el «Documento sobre trasplante de órganos de donante vivo»
El Observatorio de Bioética y Derecho presenta el «Documento sobre trasplante de órganos de donante vivo»
El Observatorio de Bioética y Derecho presenta el «Documento sobre trasplante de órganos de donante vivo»
El Observatorio de Bioética y Derecho presenta el «Documento sobre trasplante de órganos de donante vivo»