Master in Food Ethics and Law

UNESCO Chair in Bioethics

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Artículo "Los Comités de Ética en las Universidades", por María Casado

Columna escrita por María Casado y publicada en El Periódico. La Dra. María Casado es directora del Observatorio de Bioética y Derecho (OBD) y del Máster en Bioética y Derecho, así como titular de la Cátedra UNESCO de Bioética de la Universidad de Barcelona.

Existen diversos tipos de comisiones que velan por las implicaciones éticas de la investigación y de la utilización de las biotecnologías, y se denominan comités de ética. Unos dependen de instancias internacionales –como es el caso del Comité de Bioética de la UNESCO o del Consejo de Europa-, otros son nacionales –como el Comité francés de ciencias de la vida y la salud-, o de ámbito autonómico –como el Comité de Bioética de Catalunya-, creados para asesorar a la administración, al legislativo o a determinados organismos. Otros son comités locales, ligados a un determinado hospital –es el caso de los comités de ética asistencial-, o a un centro de investigación –como un hospital universitario, en que se realice investigación con seres humanos-. También se crean comités ad hoc  para asesorar sobre alguna materia concreta -por ejemplo la Comisión Nacional  de Reproducción Humana Asistida-.

Los comités de ética tienen como principal función el asesoramiento ante los nuevos problemas que acarrean las aplicaciones de la biotecnología, especialmente en el ámbito de la salud humana. Se componen de manera pluridisciplinar, intentando quede asegurado el pluralismo de sus miembros para evitar los sesgos ideológicos en sus informes. Estos deben ser modelos de argumentación racional y, en lo posible, evitar la instrumentación política. Aunque, en general, los dictámenes de estos comités no son vinculantes, existen determinados supuestos en los cuales si lo son, además de ser preceptivos. Este es el caso de los CEIC (comités éticos de investigación clínica) que velan por la eticidad de la investigación con seres humanos y que son obligatorios -en nuestro país según la ley del medicamento- siempre que se realicen ensayos clínicos. Al mismo tiempo, existen numerosos proyectos de investigación financiados por convocatorias públicas que se desarrollan en las Universidades y Centros de investigación -en las distintas disciplinas- y que requieren el visto bueno de la comisión de ética del centro.

Sin embargo pocas universidades contaban con un comité de este tipo, pero en los últimos años se ha ido creando una mayor conciencia de su necesidad. Las universidades públicas se han unido para elaborar pautas comunes que permitan evaluar dichos proyectos con criterios homogéneos, que aseguren el control de los aspectos éticos implicados en la investigación y que, al mismo tiempo, no supongan una enojosa burocracia añadida para los investigadores. Se trata de velar por la adecuada protección de la autonomía y la intimidad de los sujetos participantes -ya que frecuentemente se opera con datos que pueden ser sensibles-. Y, por otra parte, de prestar atención a las implicaciones éticas de la experimentación con animales, cuestión para la que para la que existe una sensibilidad social cada vez mayor y en algunas comunidades –como es el caso de la catalana- una protección legal especifica.

A finales de noviembre, promovida por la UB, tuvo lugar en Sitges una reunión de vicerrectores de investigación y presidentes de comités de ética de las universidades y centros públicos de investigación de todo el estado. En ella se puso de manifiesto el interés por la constitucion de comités de ética en las universidades y se solicitó que en la redacción de los Estatutos de las Universidades Públicas se recoja explícitamente esta necesidad. Además de resaltar el interés de que dichos comités cuenten con pautas comunes de funcionamiento consensuadas, se acordó promover la creación de una red para compartir recursos, intercambiar información y dar continuidad a la celebración de estos encuentros.

La complejidad y la importancia de los problemas éticos que la investigación lleva aparejada y los fuertes intereses que subyacen en muchos casos, validan la vigencia de estos comités como entornos aptos para la reflexión común. Estamos escasos de instancias interdisciplinares y plurales que aporten información, reflexión y transparencia a los debates. Que ayuden a plantear adecuadamente las cuestiones y faciliten elaborar pautas de conducta que, permitiendo el avance de la ciencia, resulten asumibles socialmente. Si los comités de ética -en sus distintos niveles- pueden colaborar en la implicación de la sociedad civil en el debate científico y bioético, debemos promoverlos y divulgar su labor.

Perlas
En la ciudad de Seattle, una comisión plural se encargó de definir los criterios para dedidir quienes accedían a un tratamiento entonces totalmente novedoso: la hemodialisis. La historia de este primer comité de bioética fue narrada en un artículo de la revista Life, en 1962.

El Informe Belmont, de 1978, es un hito fundamental en el establecimiento de pautas éticas para la investigación con seres humanos y basa su aceptabilidad en el cumplimiento de los principios de respeto a las personas, beneficencia y justicia. El consentimiento informado es su plasmación práctica más importante.